Especialidades
- 1 ABOGADO DE CLAÚSULA SUELO EN OVIEDO
- 1.1 RECLAMAR CLÁUSULA SUELO
- 1.2 ¿Qué es la cláusula suelo?
- 1.3 ¿Cómo se si tengo cláusula suelo?
- 1.4 ¿Es abusiva la cláusula suelo?
- 1.5 ¿Cómo es el proceso de reclamación previa de la cláusula suelo?
- 1.6 ¿Cómo puedo saber si el cálculo de cantidades efectuado por el Banco es correcto?
- 1.7 ¿Cómo y cuándo finaliza la reclamación previa por cláusula suelo?
- 1.8 ¿Es obligatorio pasar por este proceso de reclamación previa?
- 1.9 ¿Puedo reclamar si he firmado un acuerdo de cláusula suelo con renuncia de acciones?
- 1.10 ¿Es posible reclamar la cláusula suelo de empresa y autónomos?
- 1.11 Terminó el proceso de reclamación previa ¿Y ahora qué?
ABOGADO DE CLAÚSULA SUELO EN OVIEDO
RECLAMAR CLÁUSULA SUELO
¿Qué es la cláusula suelo?
La cláusula suelo es una condición general de la contratación que fue introducida de forma masiva y generalizada por el sistema bancario en los préstamos hipotecarios a interés variable.
Se trata del establecimiento de un tipo de interés mínimo que el prestatario se obliga a pagar, con independencia de aquel que resultase de las reglas de variabilidad del préstamo, esto es: la adición al índice de referencia (Euribor) del margen o diferencial establecido en la Escritura.
¿Cómo se si tengo cláusula suelo?
Aparece redactada en la Escritura de Préstamo hipotecario, salvo en los casos de compraventa y subrogación en préstamo promotor, pues sucede que a veces este préstamo se limita a una mera referencia sin cita literal de su contenido.
Cualquier duda sobre si tienes cláusula suelo en la hipoteca, si se aplica o pudo haberse aplicado en algún momento, la mejor manera de averiguarlo y dar solución es consultar con un abogado especialista en derecho bancario. Recuerda que este despacho de abogados en Oviedo actúa en todas las provincias de España.
¿Es abusiva la cláusula suelo?
El carácter abusivo de la cláusula suelo no está siendo reconocido por los Bancos salvo cuando se dicta una sentencia judicial que así lo estima. Es precisamente esta consideración la que determinará la nulidad de la cláusula con todas las garantías inherentes a esta declaración, así como la consecuente restitución de cantidades con sus intereses legales.
¿Cómo es el proceso de reclamación previa de la cláusula suelo?
Existe un proceso de reclamación previa mediante el cual se puede requerir a la entidad bancaria para que en el plazo de tres meses el Banco acepte la reclamación, en cuyo caso habrá de presentar la oferta económica, que debe venir acompañada de un cálculo desglosado de las cantidades cobradas de más por la aplicación del suelo, para que el cliente pueda comprobar si la cantidad ofrecida es mayor o menor a la que a uno le corresponde.
Es importante recordar que oferta económica y el cálculo deben ser entregados por escrito al cliente, para que por tiempo indefinido pueda decidir si acepta o no. Y es que los plazos legales son para el Banco, no para el afectado.
¿Cómo puedo saber si el cálculo de cantidades efectuado por el Banco es correcto?
Si bien podemos encontrar infinidad de calculadoras en internet, se recomienda acudir a un abogado especialista en derecho bancario, pues ante un conflicto en el cálculo de cantidades, resultará preciso y conveniente elaborar un informe pericial elaborado por perito economista para su aportación al proceso judicial de nulidad de la cláusula suelo.
¿Cómo y cuándo finaliza la reclamación previa por cláusula suelo?
La normativa de medidas urgentes para la protección de consumidores en materia de cláusula suelo prevé varias posibilidades de finalización:
- Que el Banco rechace por escrito la reclamación efectuada.
- Que en el plazo de tres meses el Banco no conteste por escrito.
- Que existan discrepancias en torno al cálculo efectuado por el Banco.
- Que el Banco no haya hecho efectiva la cantidad dentro de plazo de tres meses.
¿Es obligatorio pasar por este proceso de reclamación previa?
No es obligatorio y la experiencia de nuestro despacho nos lleva a concluir que solo ha servido para retrasar el pago e incrementar la complejidad del pleito con una discusión en torno al cálculo de cantidades, que no es el verdadero objeto de litis.
Muchas entidades han aprovechado la ocasión para cobrar comisión por los documentos que más tarde serán necesarios para el informe pericial, por lo que en este momento aconsejamos ir directamente a la vía judicial como la más directa y garantista. Tenga en cuenta que además de la cláusula suelo puede reclamar los Gastos Hipotecarios
¿Puedo reclamar si he firmado un acuerdo de cláusula suelo con renuncia de acciones?
Sobre este asunto se han pronunciado los Tribunales de Justicia argumentando que la cláusula suelo es nula de pleno derecho, por lo que no puede ser susceptible de convalidación, tal y como de forma maliciosa han tratado de hacer las entidades bancarias con sus acuerdos privados.
La nulidad radical de la cláusula suelo extiende sus efectos al acuerdo firmado, y ello aún cuando el afectado haya podido renunciar a ejercitar acciones legales, toda vez que los derechos del consumidor son irrenunciables.
En consecuencia, aquellos que firmaron un acuerdo limitativo de sus derechos como consumidores, podrán acudir al despacho para efectuar un análisis del caso concreto, pues hemos de examinar las circunstancias de cada caso en particular.
¿Es posible reclamar la cláusula suelo de empresa y autónomos?
La pequeña y mediana empresa o el profesional autónomo también sufren la cláusula suelo en sus préstamos hipotecarios. Se trata de casos que presentan una mayor dificultad jurídico-procesal, pero desde luego no una imposibilidad.
Una empresa o profesional autónomo puede ser considerado consumidor, según que el destino del capital prestado haya sido para su actividad económica o para otra distinta, en cuyo caso podrá acogerse a la Doctrina de Transparencia sobre cláusulas abusivas en contratos celebrados con consumidores.
La mayor parte de los préstamos hipotecarios suscritos por empresas y profesionales autónomos tienen como destino la actividad empresarial o profesional del sujeto en cuestión, por lo que no podrán acogerse a esta Doctrina de Transparencia.
Empero, tal circunstancia no implica que no pueda ser sometido a la Ley de Condiciones Generales de la Contratación para interpretar que la cláusula suelo no debe entenderse incorporada al contrato, como desde este despacho ya hemos logrado en algún préstamo cuya Escritura deja patente una contradicción entre las condiciones generales y las condiciones particulares del contrato.
De otro lado, nuestro Alto Tribunal está abriendo la puerta a las empresas para reclamar por vías tales como la mala fe contractual y el abuso de posición dominante de la entidad bancaria, de tal modo que se hará preciso un análisis pormenorizado del caso concreto para tomar la decisión de iniciar el proceso judicial evaluando los riesgos.
Terminó el proceso de reclamación previa ¿Y ahora qué?
Cuando la reclamación previa no termina a satisfacción del afectado, el siguiente paso es acudir a la vía judicial, para lo cual resulta imprescindible acudir un abogado.
Nosotros somos especialistas en Derecho Bancario, con una larga trayectoria en reclamaciones bancarias por Cláusulas Abusivas.
Consúltanos sin compromiso.