Especialidades
- 1 Abogado de gastos hipotecarios en Oviedo
- 1.1 RECLAMAR GASTOS HIPOTECA
- 1.2 ¿Qué son los gastos de formalización de la hipoteca?
- 1.3 ¿Por qué puedo reclamar los gastos hipotecarios?
- 1.4 ¿Quién puede reclamar los gastos de la hipoteca?
- 1.5 ¿Qué gastos se pueden reclamar?
- 1.6 ¿Qué documentación necesito para reclamar y donde la puedo conseguir si no la conservo?
Abogado de gastos hipotecarios en Oviedo
RECLAMAR GASTOS HIPOTECA
¿Qué son los gastos de formalización de la hipoteca?
La formalización de un préstamo hipotecario lleva aparejada una serie de gastos para su constitución, que las entidades bancarias han desplazado con carácter general y por completo al consumidor, lo que se ha llevado a cabo mediante la inserción de una cláusula no negociada individualmente, la cual impone al hipotecado la obligación de hacer frente a todos y cada uno de los gastos de la hipoteca.
¿Por qué puedo reclamar los gastos hipotecarios?
Porque se trata de una cláusula predispuesta e impuesta sin ningún tipo de negociación, la cual genera un claro desequilibrio en los derechos y obligaciones de las partes, que opera en detrimento o perjuicio de la parte débil: el consumidor.
Si bien es al cliente a quien interesa recibir el capital del préstamo, lo cierto es que el único interesado en la constitución de una garantía hipotecaria es el banco, por lo que es a éste a quien correspondería hacer frente a tales gastos o en su caso negociar el reparto de los mismos en condiciones de equidad.
Por este motivo, nuestro Tribunal Supremo ha determinado que la cláusula de gastos hipotecarios es nula de pleno derecho, con la consecuente obligación de restituir el precio de los gastos, con sus intereses legales desde que se abonaron.
¿Quién puede reclamar los gastos de la hipoteca?
Todas aquellas personas físicas o jurídicas con la cualidad de consumidores que hayan suscrito un préstamo con garantía hipotecaria, se encuentre o no vigente, dado que se trata de una nulidad de pleno derecho o radical y por ende es imprescriptible.
¿Qué gastos se pueden reclamar?
A la espera de que se resuelva mediante unificación de doctrina la discrepancia en torno a las consecuencias de la nulidad de esta cláusula, los gastos susceptibles de reclamación serían los de Notaría, Registro, Tasación, Gestión e Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
Se hace preciso indicar que los gastos son en todo caso aquellos referidos a la constitución del préstamo con garantía hipotecaria, toda vez que el Banco no es parte en la compraventa de vivienda y por lo tanto los gastos de Notaría, Registro e Impuesto referidos a la compraventa no son reclamables.
¿Qué documentación necesito para reclamar y donde la puedo conseguir si no la conservo?
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Factura de la Notaría:
Se trata de la concreta factura que se refiere al Préstamo Hipotecario. Para conseguir esta factura hemos de acudir a la Notaría donde se firmó el préstamo y solicitar un duplicado. Si tiene dudas sobre cuál es la factura exacta, la mejor opción es presentar el DNI y solicitar un duplicado de todas las que figuran emitidas a su nombre.
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Factura del Registro de la Propiedad
Se trata de la factura que se emitió por la inscripción de la garantía hipotecaria a favor del Banco en el registro de la propiedad. Para conseguir esta factura hemos de acudir al Registro de la Propiedad donde figura inscrita la vivienda y solicitar un duplicado de la misma. Si tiene dudas sobre cuál es la factura exacta, la mejor opción es presentar el DNI y solicitar un duplicado de todas las que figuran emitidas a su nombre.
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Impuesto de Actos Jurídicos Documentados
Se trata del Modelo 600 cumplimentado para el pago del Impuesto (IAJD) que refiere al Préstamo Hipotecario. Para conseguir la factura o modelo del gasto del impuesto, hemos de acudir a la oficina de tributos o impuestos de la provincia en cuestión. Si tiene dudas sobre cuál es el modelo exacto, la mejor opción es presentar el DNI y solicitar copia del pago de todos los modelos 600.
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Factura de la Tasación del Inmueble.
Se trata del gasto abonado a la Sociedad Tasadora, generalmente de entidad dependiente o relacionada con la entidad bancaria. Para conseguir esta factura, debe ponerse en contacto con la sociedad de tasación correspondiente y solicitar un duplicado de la factura emitida.
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Factura de Gastos de Gestión.
Se trata del gasto abonado por la gestoría, también dependiente del banco, que tramitó la constitución del préstamo hipotecario y que en muchos casos aporta una liquidación de la provisión de fondos, en la que figura el desglose de todos los gastos. Para conseguir la concreta factura por gastos de gestión o tramitación, debe ponerse en contacto con la gestoría que tramitó el préstamo y solicitar un duplicado de la misma.
Como abogados especialistas en Derecho Bancario, podrás revisar y reclamar con nosotros otras cláusulas abusivas, como la cláusula suelo de tu hipoteca.